Preguntas Frecuentes
Algunos ejemplos de fondos que se depositan en cuentas CIFAA son:
- Depósitos o anticipos del cliente para retener el servicio (hasta que se cumpla con los mismos)
- Fondos que le pertenezcan en parte al cliente y en parte al abogado o abogada
- Fondos de un cliente que se guardan por el abogado, abogada, asociación o firma legal, para luego ser entregados en una fecha posterior
- Dineros destinados a pagar acuerdos o indemnizaciones en casos de daños
- Costos pre-pagados para el litigio
Esta es una lista de ejemplos, y pueden haber otros tipos de fondos que deben ser depositados en cuentas CIFAA. A menos que se determine que el abogado, abogada, asociación o firma legal depositará los fondos del cliente en cuentas que beneficien exclusivamente a éste último, todos los fondos entregados en fideicomiso deberán depositarse en conjunto en una cuenta CIFAA.
Sí. El abogado, abogada, grupo o bufete legal puede invertir los fondos de los clientes según sea su acuerdo de servicios con los mismos. El único cambio que trae la Ley 165-2013, según enmendada, es posibilitar que los fondos de los clientes que no vayan a generar ganancias a su favor, sean depositados en cuentas CIFAA que generan intereses para programas de acceso a la justicia.
Los abogados, abogadas, asociaciones o firmas legales pueden permitir el pago de costos y gastos de litigio por medio de tarjetas de crédito o débito. Sin embargo, si este tipo de pago implica algún costo, los mismos deberán ser pagados de las cuentas operacionales del abogado o abogada, asociación o firma legal, y no de los intereses de la cuenta CIFAA. Por ejemplo, si un cliente utiliza una tarjeta de crédito para depositar $10,000 en fideicomiso a un abogado, abogada, asociación o firma legal, entonces deben quedar esos $10,000 en total depositados en la cuenta CIFAA.
Las instituciones financieras remitirán los intereses que generen las cuentas CIFAA directamente a la FFAJ. Esto ocurre automáticamente, y el abogada, abogado, asociación o firma legal no tendrá que preocuparse de hacer ninguna gestión a estos efectos.
En estos momentos, debido a las enmiendas de la Ley 51-2017, solamente los abogados, abogadas, grupos o bufetes legales que generen más de $500,000 de ingresos al año, tienen que proveer anualmente a la FFAJ un informe con el nombre, número y saldo de su cuenta o cuentas CIFAA activas, e incluir información de cualquier cuenta CIFAA que haya cerrado. Para esto se proveerá un formulario fácil de rellenar en la página de internet de la FFAJ. También se puedrá solicitar copia del formulario llamando al 787-725-0117, y enviar el mismo cumplimentado a la dirección postal de la FFAJ.